·
Todos los empleados vinculados
mediante contrato de trabajo que se rija por las normas colombianas, incluidas
aquellas personas que presten sus servicios en las sedes diplomáticas y
organismos internacionales acreditados en el país.
por jubilación, vejez, invalidez, sobrevivientes o sustitutos, tanto del sector público como del sector privado. En los casos de sustitución pensional o pensión de sobreviviente deberá afiliarse la persona beneficiaria de dicha sustitución o pensión, o el cabeza de los beneficiarios.
por jubilación, vejez, invalidez, sobrevivientes o sustitutos, tanto del sector público como del sector privado. En los casos de sustitución pensional o pensión de sobreviviente deberá afiliarse la persona beneficiaria de dicha sustitución o pensión, o el cabeza de los beneficiarios.
Trabajadores independientes, rentistas, propietarios de empresas y, en general, todas las personas naturales residentes en el país, que no tengan vínculo contractual reglamentario con algún empleador y cuyos ingresos mensuales sean iguales o superiores a un Salario Mínimo Mensual Legal Vigente (SMMLV).
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