Empresas con más de 200
empleados
|
|
Dos últimos dígitos de
verificación
|
Día hábil de cada mes de
vencimiento
|
00 al 10
|
1
|
11 a1 23
|
2
|
24 a1 36
|
3
|
37 a1 49
|
4
|
50 al 62
|
5
|
63 al 75
|
6
|
76 al 88
|
7
|
89 al 99
|
8
|
El pago de la seguridad social fue
definido teniendo en cuenta el número de empleados y los números de los dos
últimos dígitos del Nit para el caso de las empresas personas jurídicas y
del Número de la cédula para el caso de las personas naturales.
El ministerio de Protección Social por medio del decreto 1670 de mayo de
2007 definió las nuevas fechas límites para el pago de seguridad social y
parafiscal
Empresas con menos de 200 empleados
|
|
Dos últimos dígitos de verificación
|
Día hábil de cada mes de vencimiento
|
00 al 08
|
1
|
09 al 16
|
2
|
17 al 24
|
3
|
25 al 32
|
4
|
33 al 40
|
5
|
41 al 48
|
6
|
49 al 56
|
7
|
57 al 64
|
8
|
65 al 72
|
9
|
73 a179
|
10
|
80 al 86
|
11
|
87 al 93
|
12
|
94 al 99
|
13
|
La planilla solo se tiene que
diligenciar por una sola vez en el primer pago; para los pagos siguientes se
copia la planilla y se realizan las novedades de cada mes que se va a pagar
como ingresos, egresos de personal, vacaciones, licencias etc.
Para realizar los pagos por la planilla
electrónica se debe tener una cuenta bancaria la cual no es necesaria si se
paga mediante planilla asistida.
Buen dia, tengo una duda con respecto al reporte de las incapacidades que se generan al final del mes depues de que la empresa tiene un cierre de nomina, en mi caso la empresa hace el cierre de nomina hacia el 23 de cada mes y si se genera una incapacidad el 28 y se extiendo hasta el los primeros dias del mes siguiente, como se reporta esta incapacidad, sabiendo que ya se hizo un cierre de nomina del periodo? De antemano gracias por sus aportes.
ResponderEliminar